El Ministerio de Educación lanzó recomendaciones para el proceso de las actividades académicas en laboratorios prácticos y de indagación en Universidades; así como para su regreso a la presencialidad, con alternancia, en agosto siguiente.
El Ministerio de Educación expidió este jueves la directiva 13, la cual contempla una producción de recomendaciones para el proceso de las actividades académicas en laboratorios prácticos y de indagación en Universidades, así como para su regreso a la presencialidad, con alternancia, en agosto siguiente.
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La directiva indica recomendaciones para gobernadores, mandatarios locales y rectores de Instituciones de Educación Superior y de Formación para el Trabajo y Proceso Humano, en las que se entregan normas de bioseguridad y de distanciamiento social establecidos por el Ministerio de Salud, en conjunto con las autoridades regionales.
Dentro del mecanismo para el regreso a clases de las universidades se contemplan dos fases: una primera, que estará en marcada en el regreso progresivo a los laboratorios prácticos y de indagación; que orienta con respecto a la movilización de los estudiantes, docentes y integrantes de el pueblo educativa de los programas que requieran su uso seguido.
La segunda etapa guarda que mirar con las recomendaciones para el regreso gradual y progresivo a las actividades académicas que exijan presencialidad a partir agosto; por medio de la modalidad de alternancia; donde las instituciones de formación mayor tendrán en relata la aforo instalada; el cifra y características de la población estudiantil, docente y personal administrativo que se movilizarían.
El Ministerio exigió obtener en relata los reglamentos de bioseguridad expedidos por el Ministerio de Salud; así como implementar normas en conjunto con los gobiernos regionales y locales, con el fin de acatar con las indicaciones con asunto del regreso de estudiantes; tanto a los laboratorios de prácticas y de indagación, como a la presencialidad.
Entre las normas, las universidades poseen que identificar y caracterizar a el pueblo educativa; con el fin de procesar un sistema de vigilancia de salud pública para la prevención, detección, control y manejo por riesgo asociado al virus; así como establecer normas específicas para el personal docente y administrativo mayor de 60 años y con cormobilidades.
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