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La verdad sobre si Garavito y Uribe Noguera pagarían cadena perpetua

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Al caso legislativo le falta la revisión de la Corte Constitucional. No obstante, no sería retroactivo. Estos son los detalles de la reforma, para la cadena perpetua.

La reforma constitucional que acepta este momento la cadena perpetua para asesinos y abusadores sexuales de menores de edad indica que la sentencia se aplica según a los agravantes del crimen.

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«Procede cuando se dan todas las situación de agravación punitivas, cuando estos crímenes generar un gran golpe a la sociedad, para que la pena pueda ser proporcional al daño que se profiere en contra de los niños. Básicamente, en los crímenes de acceso carnal violento y de delito en contra de ellos», explica el congresista Miguel Ángel Pinto, ponente del plan.

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Además indica que quien sea condenado a cadena perpetua tendrá derecho a una revisión del caso para consecuencias de resocialización cuando cumpla 25 años de cárcel.

No obstante, hasta el instante no se ha determinado el meta preciso de aquella revisión y este debe establecerse por un plan reglamentario a aparecer en menos de un año.

Los condenados a cadena perpetua tendrán una segunda instancia a cargo del mayor jerárquico del juez que emita la condena.

El plan admitido fue impulsado por Gilma Jiménez, congresista que murió en 2013 y cuyas banderas fueron retomadas por su hija Johana Jiménez.

“Esto es en honor a ella. A mí madre, pero con respecto a todo a los cientos de miles y miles de angelitos que la acompaña en el cielo”, manifestó Jiménez en un conmovedor grabación luego la votación del Congreso.

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En el legislativo se presentaron más de 10 iniciativas en 10 años para buscar la cadena perpetua en estos casos.

Es grande precisar que la cadena perpetua no aplicaría para las individuos que ya fueron condenadas; como es el caso de Garavito o Rafael Uribe Noguera.

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Escrito por Andrea Serna

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